Estas son las fechas de pago de los impuestos periódicos para el año 2024:
Tributo | Periodo | Periodo de pago |
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Aigua | diciembre-2023 | del 17 de enero al 20 de marzo |
enero-2024 | del 15 de febrero al 19 de abril | |
febrero - 2024 | del 15 de marzo al 17 de mayo | |
marzo - 2024 | del 15 de abril al 17 de junio | |
abril - 2024 | del 16 de mayo al 17 de julio | |
mayo - 2024 | del 14 de junio al 16 de agosto | |
junio- 2024 | del 15 de julio al 16 de septiembre | |
julio - 2024 | del 16 de agosto al 17 de octubre | |
agosto -2024 | del 13 de septiembre al 15 de nov. | |
septiembre- 2024 | Del 17 de octubre al 18 de diciembre | |
octubre - 2024 | Del 15 de noviembre al 17 de enero 2025 | |
noviembre -2024 |
Del 16 de diciembre al 17 de febrero 2025 |
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4t trimestre 2024 |
del 17 de enero al 20 de marzo |
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1r trimestre 2024 |
del 15 de abril al 17 de junio |
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2n trimestre 2024 |
del 15 de julio al 16 de septiembre |
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3r trimestre 2024 |
Del 17 de octubre al 18 de diciembre |
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Tasas y arbitrios - Anual |
del 03 de mayo al 29 de noviembre |
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Tasas y arbitrios - Annex I |
del 20 de diciembre al 21 de febrero 2025 |
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Cementerio -Anual- |
del 03 de mayo al 29 de noviembre |
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Guarderia municipal |
enero 2024 | del 17 de enero al 20 de marzo |
febrero2024 | del 15 de febrero al 19 de abril | |
marzo 2024 | del 15 de marzo al 17 de mayo | |
abril 2024 | del 15 de abril al 17 de junio | |
mayo 2024 | del 16 de mayo al 17 de julio | |
junio 2024 | del 14 de junio al 16 de agosto | |
julio 2024 | del 15 de julio al 16 de setembre | |
agosto 2024 | del 16 de agosto al 17 de octubre | |
septiembre 2024 | del 13 de septiembre al 15 de noviembre | |
octubre 2024 | del 17 de octubre al 18 de diciembre | |
noviembre 2024 | del 15 de nov. al 17 de enero-25 | |
diciembre 2024 | del 16 de diciembre al 17 de febrero-25 | |
I.A.E -Anual- | del 9 de agosto al 5 de diciembre | |
I.B.I urbana -Anual- | del 3 de abril al 31 de octubre | |
Rústica -Anual- | del 3 de abril al 31 de octubre | |
I.B.I urbana -Annex I- | del 20 de diciembre al 21 de febrero 2025 | |
I.V.T.M -Anual- | del 1 de marzo al 1 de julio | |
I.V.T.M -Anexo I- | del 1 de agosto al 2 de octubre | |
Mercado diario | 1r trimestre | del 26 de enero al 1 de abril |
Mercado diario | 2n trimestre | del 29 de abril al 28 de junio |
Mercado diario | 3r trimestre | del 26 de julio al 30 de septiembre |
Mercado diario | 4t trimestre | del 28 de octubre al 27 de diciembre |
Mercado setmanal | 1r semestre | del 28 de marzo al 31 de mayo |
Mercado setmanal |
2n semestre | del 27 de septiembre al 29 de noviembre |
Rústica -Anual- | del 3 de abril al 31 de octubre | |
Parquings | 1r trimestre | del 17 de enero al 20 de marzo |
Parquings | 2n trimestre | del 05 de abril al 07 de junio |
Parquings | 3r trimestre | del 05 de julio al 06 de septiembre |
Parquings | 4t trimestre | del 04 de octubre al 09 de diciembre |
Parquings-Anual- | del 28 de septiembre al 29 de nov. | |
Teleassistencia domiciliari | 1r trimestre 2024 | del 17 de enero al 20 de marzo |
Teleassistencia domiciliari | 2n trimestre 2024 | del 05 de abril al 07 de junio |
Teleassistencia domiciliari | 3r trimestre 2024 | del 05 de julio al 06 de septiembre |
Teleassistencia domiciliari | 4t trimestre 2024 | del 04 de octubre al 09 de diciembre |
Perros y gatos-Anual- | del 01 de marzo al 02 de mayo | |
Servicio de Asistencia domiciliaria - SAD | diciembre 2023 | 17 de enero al 20 de marzo |
enero 2024 | 15 de febrero al 19 de abril | |
febrero 2024 | 15 de marzo al 17 de mayo | |
marzo 2024 | 15 de abril al 17 de junio | |
abril 2024 | 16 de mayo al 17 de julio | |
mayo 2024 | 14 de junio al 16 de agosto | |
junio 2024 | 15 de julio al 16 de septiembre | |
julio 2024 | 16 de agosto al 17 de octubre | |
agosto 2024 | 13 de setiembre al 15 de noviembre | |
septiembre 2024 | 17 de octubre al 18 de diciembre | |
octubre 2024 | 15 de nov. al 17 de enero 2025 | |
noviembre 2024 | 16 de diciembre al 17 de febrero 2025 | |
Prevención de incendios forestales - Anual- | 5 de junio al 7 de agosto |
Qualquier modificació posterior en la la normativa se tendrá que tener en cuenta.
Si el vencimento coincide con una festividad local o autonòmica, el plazo acabará el primer día hàbil siguiente al señalado en este calendario.
En caso de tener los tributos domiciliados en una cuenta bancaria, las fechas de cargo para el año 2024 serán las siguientes:
Tributo | Fecha cargo domiciliación |
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Agua mensual diciembre 2023 | 17/01/2024 |
Agua mensual enero 2024 | 16/02/2024 |
Agua mensual febrero 2024 | 15/03/2024 |
Agua mensual marzo 2024 | 19/04/2024 |
Agua mensual abril 2024 | 17/05/2024 |
Agua mensual mayo 2024 | 17/06/2024 |
Agua mensual junio 2024 | 18/07/2024 |
Agua mensual julio 2024 | 16/08/2024 |
Agua mensual agosto 2024 | 18/09/2024 |
Agua mensual septiembre 2024 | 18/10/2024 |
Agua mensual octubre 2024 | 15/11/2024 |
Agua mensual noviembre 2024 | 18/12/2024 |
Agua 4t trimestre 2023 | 17/01/2024 |
Agua 1r trimestre 2024 | 19/04/2024 |
Agua 2n trimestre 2024 | 18/07/2024 |
Agua 3r trimestre 2024 | 18/10/2024 |
Tasas y arbitrios municipales | |
Tasas y Arbitrios anual |
05/07/2024 |
Tasas y Arbitrios anexo I | 23/12/2024 |
Cementerio | |
Cementirio anual | 05/07/2024 |
Guarderias -Lola Anglada i Els Pops | |
Llar d'infants mensual enero | 17/01/2024 |
Llar d'infants mensual febrero | 16/02/2024 |
Llar d'infants mensual marzo | 15/03/2024 |
Llar d'infants mensual abril | 19/04/2024 |
Llar d'infants mensual mayo | 17/05/2024 |
Llar d'infants mensual junio | 17/06/2024 |
Llar d'infants mensual julio | 18/07/2024 |
Llar d'infants mensual agosto | 16/08/2024 |
Llar d'infants mensual septiembre | 18/09/2024 |
Llar d'infants mensual octubre | 18/10/2024 |
Llar d'infants mensual noviembre | 15/11/2024 |
Llar d'infants mensual diciembre | 18/12/2024 |
I.A.E | |
I.A.E -Anual- | 07/11/2024 |
Impuesto bienes inmuebles | |
Anual - IBI urbana | 05/07/2024 |
Anual - Rústica | 05/07/2024 |
Annex I - IBI urbana | 23/12/2024 |
I.V.T.M | |
I.V.T.M anual | 06/05/2024 |
I.V.T.M anexo | 05/08/2024 |
Mercado | |
Mercado diari 1r trimestre | 09/02/2024 |
Mercado diari 2n trimestre | 10/05/2024 |
Mercado diari 3r trimestre | 09/08/2024 |
Mercado diari 4t trimestre | 11/11/2024 |
Mercado setmanal 1r semestre | 12/04/2024 |
Mercado setmanal 2n semestre | 11/10/2024 |
Párquings | |
Conservación párquings -anual - | 11/10/2024 |
Párquins 1r trimestre | 17/01/2024 |
Párquins 2n trimestre | 12/04/2024 |
Párquins 3r trimestre | 12/07/2024 |
Párquins 4t trimestre | 11/10/2024 |
Tasa tenencia mascotas | |
Perros y gatos anual | 07/03/2024 |
Teleassistencia domiciliaria | |
Teleassistencia domiciliaria-1r trimestre | 17/01/2024 |
Teleassistencia domiciliaria-2n trimestre | 12/04/2024 |
Teleassistencia domiciliaria-3r trimestre | 12/07/2024 |
Teleassistencia domiciliaria-4t trimestre | 11/10/2024 |
Servicio de asistencia domiciliaria - SAD | |
Diciembre 2023 | 17/01/2024 |
Enero | 16/02/2024 |
Febrero | 15/03/2024 |
Marzo | 19/04/2024 |
Abril | 17/05/2024 |
Mayo | 17/06/2024 |
Junio | 18/07/2024 |
Julio | 16/08/2024 |
Agosto | 18/09/2024 |
Setiembre | 18/10/2024 |
Octubre | 15/11/2024 |
Noviembre | 18/12/2024 |
Información addicional cargos domiciliats IBI urbana y Tasa de alcantarillado
(*) I.B.I – Urbana, como norma general, los recibos que figuren domiciliados serán cargados en 4 plazos, con excepción de aquellos interesados que formulen una petición en el registro general de entrada solicitando el pago en un solo cargo. La fecha límite para formalizar dicha petición será el día 01/03/2024.
Tasa de alcantarillado y basuras, como norma general, los recibos que figuren domiciliados serán cargados en 2 plazos, con excepción de aquellos interesados que formulen una petición en el registro general de entrada solicitando el pago en un solo cargo. La fecha límite para formalizar dicha petición será el día 01/03/2024.
Tramitación de ALTAS / BAJAS y MODIFICACIONES de domiciliaciones bancarias
Dicha petición se podrá formalizar por cualquiera de los canales que a continuación se detallan:
El alta, baja o modificación de las domiciliaciones bancarias que deban tener efectos en los tributos que se relacionan en el presente calendario fiscal, deberán realizarse a más tardar el día 01/03/2024.
Las personas que se mencionan en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, solo podrán utilizar los medios telemáticos.
Planes especiales de pago - PEP
Con el fin de facilitar el pago en período voluntario de las deudas de cobro periódico a los obligados tributarios, se establece este régimen especial de pago. El pago de los tributos acogidos al Plan especial de pago se realizará en 9 cuotas que resultarán de dividir el importe de los tributos liquidados al obligado tributario durante el ejercicio inmediatamente anterior. Las primeras cuatro cuotas resultan de los importes previstos en base al ejercicio anterior, y las cinco cuotas restantes serán de regularización por diferencias de importes entre las cuotas calculadas y los recibos liquidados durante el año en curso.
Plazo solicitud para acogerse al PEP
Primer día: 01/02/2024 y último día: 26/02/2024 (amb dos incluidos))
Fechas de cargo domiciliado de la cuotas PEP
- 05/03/2024 1a cuota
- 05/04/2024 2a cuota
- 06/05/2024 3a cuota
- 05/06/2024 4a cuota
- 05/07/2024 5a cuota
- 05/08/2024 6a cuota
- 05/09/2024 7a cuota
- 07/10/2024 8a cuota
- 05/11/2024 9a cuota
Medios de pago d'un PEP
En el trámite de solicitud del PEP, es necesario indicar un número de cuenta bancaria, ya que las cuotas deben domiciliarse obligatoriamente. En caso de querer modificar el número de cuenta entregado inicialmente, se debe presentar una solicitud/instancia indicando este hecho y proporcionando los datos de la nueva cuenta bancaria. El trámite se puede realizar presencialmente o telemáticamente, según la información que aparece en el apartado canales de tramitación.
Que padrones que se pueden incluir en un PEP
- IVTM
- IBI Urbana i Rústega
- TASA DE BASURAS (incluye alcantarillado, recogida, tratamiento y reciclaje de basuras y desagües, todo dentro del mismo tributo)
- CEMENTERIO
Importe mínimo para poder acogerse a un PEP
La suma de todos los tributos que se pueden incluir en un PEP no puede ser inferior a 500,00€ (con referencia a los tributos del ejercicio anterior), el importe mínimo de la cuota a ingresar mensualmente no puede ser inferior a 50€.
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Importe máximo de un PEP
Cuando la suma total de los importes que se pueden incluir en los PEP supere los 30.000€, se podrá requerir la presentación de garantía, y condicionar la eficacia del plan autorizado a la presentación de esta garantía, aunque inicialmente el PEP será provisionalmente aceptado.
Importe máximo de un PEP
Personas físicas:
Telemáticamente: haciendo clic en el enlace TRAMITAR EN LÍNEA que aparece en este trámite. Soporte telefónico al número 872 220 646 de lunes a viernes de 8 a 20 horas, o por correo electrónico a oac360@lloret.cat
Personas jurídicas:
Prórroga de un PEP para ejercicios sucesivos a la petición inicial
El alta en un PEP implica que los datos permanecerán en la base de datos municipales. En caso de que el contribuyente no se manifieste en sentido contrario, los PEP se entenderán prorrogados para los ejercicios sucesivos, por lo tanto, se entenderá que el contribuyente desea acogerse al Plan Especial de Pago sin necesidad de presentar una nueva solicitud. Para solicitar la baja del Plan Especial de Pago es necesario presentar una instancia solicitando la baja o modificación de este sistema especial de pago de tributos.
Consecuencias ante la falta de pago de alguna cuota del PEP
La falta de pago dará lugar a la anulación del Plan y, en consecuencia, a la continuación del procedimiento recaudatorio en el momento en que se encuentre la tramitación. Es decir, si en el momento de devolver la cuota, al anular el PEP, alguno de los tributos aún se encuentra en plazo voluntario, se podrá efectuar la totalidad del pago dentro de este plazo, en caso de que el plazo voluntario ya haya finalizado, el tributo será reclamado por vía ejecutiva.